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Modo: Corpus Pro

Ley de la Fiscalía General de la República · Titulo II — ESTRUCTURA ORGÁNICA · Capitulo V — DE LA SUPLENCIA Y REPRESENTACIÓN

Artículo 23

Ordenamiento: Ley de la Fiscalía General de la República · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 23. La persona titular de la Fiscalía General contará con representación, ante las autoridades judiciales, administrativas y del trabajo, a través de la persona servidora pública que autorice o por las personas agentes del Ministerio Público de la Federación que establezca el Estatuto orgánico o determine para el caso concreto.

CAPÍTULO VI

REMOCIÓN DE LA PERSONA TITULAR DE LA FISCALÍA GENERAL POR CAUSA GRAVE

Fuente oficial: consultar publicación

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