Ley de la Fiscalía General de la República · Titulo III — COLABORACIÓN CON EL MINISTERIO PÚBLICO Y LA COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL · Capitulo I — COLABORACIÓN E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN
Artículo 37
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 37. Las personas servidoras públicas que contravengan lo dispuesto en el presente Capítulo serán, en su caso, sujetas de responsabilidad administrativa, penal, o cualquier otra que corresponda.
CAPÍTULO II
SISTEMA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (353)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (249)
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
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