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Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos

Artículo 25

Ordenamiento: Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-04-23

Vigencia verificada: 16 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 25. Es facultad de los Ayuntamientos regular los servicios de

estacionamiento en la vía pública, incluyendo la implementación de sistemas de

parquímetros.

CAPÍTULO VI

DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA MOVILIDAD

Y LA POLÍTICA PÚBLICA

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-04-23)

Es facultad de los Ayuntamientos regular los servicios de

estacionamiento en la vía pública, incluyendo la implementación de sistemas de

parquímetros.

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

Dirección General de Legislación.

Subdirección de Jurismática.

CAPÍTULO VI

DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA MOVILIDAD

Y LA POLÍTICA PÚBLICA

Artículo 26.

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