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Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Tamaulipas

Artículo 25

Ordenamiento: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Tamaulipas · Ámbito: Tamaulipas
Última reforma: 2026-02-12

Vigencia verificada: 19 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 25. En las obras públicas y en los servicios relacionados con las mismas, cuya ejecución rebase un ejercicio presupuestal, las dependencias, entidades o municipios deberán determinar tanto el presupuesto total, como el relativo a los ejercicios de que se trate; en la formulación de los presupuestos de los ejercicios subsecuentes, además de considerar los costos que, en su momento se encuentren vigentes, se deberán tomar en cuenta las previsiones necesarias para los ajustes de costos y convenios que aseguren la continuidad de los trabajos.

Para la autorización presupuestaria de la Secretaría de Finanzas respecto a obras que requieran presupuesto multianual, conforme a lo dispuesto en la Ley de Gasto Público y Ley General de Contabilidad Gubernamental, los ejecutores del gasto deberán:

I. Determinar el presupuesto total y el de cada ejercicio presupuestal necesario, sin exceder los ejercicios correspondientes a la administración en turno;

II. En la formulación de los presupuestos de los ejercicios subsecuentes, además de considerar los costos que en su momento se encuentren vigentes, tomar en cuenta las previsiones necesarias para los ajustes de costos y convenios que aseguren la continuidad de los trabajos;

III. El presupuesto actualizado será la base para solicitar la asignación de cada ejercicio presupuestal subsecuente;

IV. La asignación presupuestal aprobada para cada contrato servirá de base para otorgar, en su caso, el porcentaje pactado por concepto de anticipo; y,

V. Observar lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de Gasto Público.

Párrafo segundo y fracciones adicionadas, P.O.E. No. 40, del 16 de diciembre de 2024

https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/12/cxlix-Ext.No_.40-161224.pdf

Fuente oficial: consultar publicación

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