Ley de Pensiones del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Artículo 77
Vigencia verificada: 9 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 77. El Consejo Directivo se integrará con trece miembros: siete representantes del Gobierno
del Estado, designados por el titular del Ejecutivo, uno de los cuales será el Director General del
Instituto; y seis más designados por los trabajadores, de los cuales a la Federación de Sindicatos de
Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios corresponderá uno; cinco serán nombrados por las
organizaciones sindicales que tengan carácter estatal en la siguiente forma: cuatro del magisterio al
servicio de la Secretaría de Educación, y uno de la Universidad Veracruzana, que de acuerdo con
sus padrones agrupen al mayor número de trabajadores y pensionistas.
El Gobernador del estado designará de entre los miembros representantes del Gobierno a quien
presida el Consejo Directivo.
El Consejo Directivo será asistido por un secretario técnico que determinará el propio Consejo de
entre los funcionarios del Instituto.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ISSSTE. LA LEY RELATIVA, AL NO PREVER LA REPRESENTACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS AL ESTADO BAJO EL RÉGIMEN DE HONORARIOS EN LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTI (331)
- ISSSTE. LA LEY RELATIVA, AL NO PREVER LA REPRESENTACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS AL ESTADO BAJO EL RÉGIMEN DE HONORARIOS EN LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTI (P./J. 179/2008)
- SEGURO SOCIAL, CONSEJO TÉCNICO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL. SUS FACULTADES CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 107, FRACCIÓN VIII, DE LA ANTERIOR LEY DEL SEGURO SOCIAL Y 240 DE (102)
- SEGURO SOCIAL, CONSEJO TECNICO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL. SUS FACULTADES CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 107, FRACCION VIII, DE LA ANTERIOR LEY DEL SEGURO SOCIAL Y 240 DE (167)
- INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO. DIRECTOR GENERAL. CARECE DE FACULTADES PARA CONFERIR PODERES GENERALES Y ESPECIALES EN REPRESENTACIÓN DE AQUÉL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRU (VII.2o.A.T.15 A)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis