LEY DE PENSIONES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
Artículo 9
Vigencia verificada: 27 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 9. El Instituto expedirá a todos los trabajadores y pensionistas amparados por esta ley una
tarjeta de identificación, que les servirá para justificar su afiliación.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CERTIFICACIONES OFICIALES. (s/clave)
- PENSIONES. (s/clave)
- TITULO PROFESIONAL. (s/clave)
- TRABAJADORES SINDICALIZADOS, DEBEN COMPROBAR TAL CARÁCTER LOS SINDICATOS QUE PROMUEVAN EN SU NOMBRE.- (581)
- INFORME CON JUSTIFICACION. (s/clave)
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