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Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios · Titulo QUINTO — COMUNICACIONES DE DATOS PERSONALES · Capitulo Único — De las Transferencias y Remisiones de Datos Personales

Artículo 68

Ordenamiento: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios · Ámbito: Estado de México
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 68. Las remisiones nacionales e internacionales de datos personales que se realicen entre el

responsable y la persona encargada no requerirán ser informadas a la persona titular, ni contar con su

consentimiento.

TÍTULO SEXTO

ACCIONES PREVENTIVAS EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Capítulo I

De las Mejores Prácticas

Fuente oficial: consultar publicación

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