Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios · Titulo DÉCIMO — DE LA VERIFICACIÓN, MEDIDAS DE APREMIO Y SANCIONES · Capitulo III — De las Sanciones
Artículo Transitorio SÉPTIMO
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
SÉPTIMO. Los recursos materiales y financieros, incluidos los bienes inmuebles, con que cuente el
Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado
de México y Municipios a la entrada en vigor del presente Decreto, serán transferidos a la Secretaría de
la Contraloría, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.
Asimismo, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Estado de México y Municipios deberá entregar a la citada dependencia la información y
formatos necesarios para integrar la Cuenta Pública y demás informes correspondientes al periodo
aplicable, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, dentro de los diez días hábiles
siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.
La Secretaría de Finanzas, exclusivamente para efectos de la implementación del presente Decreto, podrá
autorizar las adecuaciones, ampliaciones y traspasos presupuestarios estrictamente necesarios para la
integración y funcionamiento del órgano desconcentrado denominado Transparencia Mexiquense, de las
funciones que se transfieren, y para la protección de los derechos laborales del personal del Instituto de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Esta do de México
y Municipios únicamente informando en todo caso a la Legislatura Local, incluidos en los traspasos que
rebasen el 3% del presupuesto total autorizado anual a las instancias correspondientes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. EFECTOS DE LA CONCESIÓN DEL AMPARO CONTRA ACTOS DE APLICACIÓN DEL ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL (333)
- INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. EFECTOS DE LA CONCESIÓN DEL AMPARO CONTRA ACTOS DE APLICACIÓN DEL ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL (2a./J. 93/2011)
- CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DE AMPARO. PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN QUE DEBE LLEVAR A CABO EL JUEZ DE DISTRITO RESPECTO DE LAS QUE CONCEDAN LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA EL ARTÍ (P./J. 14/2012 (10a.))
- SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. CONCLUIDO EL PLAZO DE SEIS MESES QUE ESTABLECE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMÓ Y ADICIONÓ LA LEY (I.13o.T.93 L)
- INFONAVIT. EFECTOS DE LA CONCESIÓN DEL AMPARO POR LA DECLARATORIA DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DI (1a. XXXVII/2007)
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