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LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS Y DE ECONOMÍA CIRCULAR PARA EL ESTADO DE MORELOS

Artículo 12

Ordenamiento: LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS Y DE ECONOMÍA CIRCULAR PARA EL ESTADO DE MORELOS · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-05-27

Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *12. La Secretaría podrá suscribir con la Federación, otros Est ados y

los Ayuntamientos, Convenios de Colaboración Administrativa respecto de

Programas en materia de residuos sólidos urbanos y de manejo especial con la

participación responsable de grupos y organizaciones sociales, públicas o

privadas, siempre que se asegure la capacidad técnica, económica y operativa.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Reformado por artículo ÚNICO del Decreto No. 1471, publicado en el

Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 5199 de fecha 2014/06/25. Vigencia 2014/06/26. Antes

decía: La Comisión podrá suscribir con la Federación, otros Estados y los Ayuntamientos,

convenios de colaboración administrativa respecto de programas en materia de residuos sólidos

urbanos y de manejo especial con la participación responsable de grupos y organizaciones

sociales, públicas o privadas, siempre que se asegure la capacidad técnica, económica y

operativa.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto del artículo derogado (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

ARTÍCULO *12. La Secretaría podrá suscribir con la Federación, otros Est ados y

los Ayuntamientos, Convenios de Colaboración Administrativa respecto de

Programas en materia de residuos sólidos urbanos y de manejo especial con la

participación responsable de grupos y organizaciones sociales, públicas o

privadas, siempre que se asegure la capacidad técnica, económica y operativa.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Reformado por artículo ÚNICO del Decreto No. 1471, publicado en el

Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 5199 de fecha 2014/06/25. Vigencia 2014/06/26. Antes

decía: La Comisió n podrá suscribir con la Federación, otros Estados y los Ayuntamientos,

convenios de colaboración administrativa respecto de programas en materia de residuos sólidos

urbanos y de manejo especial con la participación responsable de grupos y organizaciones

sociales, públicas o privadas, siempre que se asegure la capacidad técnica, económica y

operativa.

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