Ley de Residuos Sólidos y de Economía Circular para el Estado de Morelos
Artículo Transitorio SEXTO
Vigencia verificada: 13 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
SEXTO. Los procedimientos y recursos administrativos que estuvieren en curso al
entrar en vigor el presente ordenamiento, se tramitarán y resolverán conforme a
las disposiciones vigentes en ese momento.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- EJECUTIVO DEL ESTADO. (s/clave)
- AMPAROS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
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