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Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes

Artículo 26 de esta Ley

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-13

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 26 de esta Ley.

La autoridad investigadora, por conducto de su titular, podrá ordenar la práctica de

visitas de verificación, las cuales se sujetarán a lo previsto en la Ley del

Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes.

Fuente oficial: consultar publicación

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Artículo 26 de esta Ley.

LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE

AGUASCALIENTES.

Última actualización: 13/05/2024.

La autoridad investigadora, por conducto de su titular, podrá ordenar la práctica de

visitas de verificación, las cuales se sujetarán a lo previsto en la Ley del

Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes.

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