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Modo: Corpus Pro

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes

Artículo 260

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-13

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 260. - No podrán votar en ningún caso los Diputados que hubiesen

presentado la imputación contra el servidor público, ni aquellos que hayan aceptado

el cargo de defensor, aún cuando lo renuncien después de haber comenzado a

ejercerlo.

Fuente oficial: consultar publicación

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