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Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo

Artículo 195

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: —

Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 195. Las resoluciones emitidas por el Tribunal podrán ser impugnadas por los responsables, las

autoridades investigadoras o los terceros, a través del recurso de apelación, ante la instancia competente

y conforme a los medios que determine esta Ley.

El recurso de apelación se promoverá por escrito ante la autoridad que emitió la resolución, dentro de los

quince días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación correspondiente.

En el escrito deben formularse los agravios que consideren las partes se les hayan causado, exhibiendo

una copia de este para la integración del expediente y una para cada una de las partes.

Fuente oficial: consultar publicación

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