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Modo: Corpus Pro

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo

Artículo 197

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: —

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 197. La instancia que conozca del recurso de apelación deberá resolver en un plazo que no

exceda de tres días hábiles, si admite el recurso o lo desecha por encontrar motivo manifiesto e indudable

de improcedencia.

Si se presentan irregularidades en el escrito del recurso por no haber satisfecho los requisitos establecidos

en el artículo 195 de esta Ley, se solicitará al promovente que en un plazo que no exceda de tres días

hábiles, subsane las omisiones o corrija los defectos precisados en la providencia relativa.

El Tribunal dará vista a las partes para que, en el término de tres días hábiles, manifiesten lo que a su

derecho convenga, fenecido el término, procederá a resolver con los elementos que obren en autos.

Fuente oficial: consultar publicación

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