Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León

Artículo 12

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León · Ámbito: Nuevo León
Última reforma: 2026-10-02

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

(REFORMADO, P.O. 24 DE DICIEMBRE DE 2021)

Artículo 12. El Tribunal, además de las facultades y atribuciones conferidas en su

legislación orgánica y demás normatividad aplicable, estará facultado para resolver la

imposición de sanciones por la comisión de faltas administrativas graves y de faltas de

particulares, conforme a los procedimientos previstos en esta Ley, tratándose de

sanciones administrativas.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 11Índice de la leyArt. 13 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.