Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos
Artículo 104
Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 104. La Agencia elaborará la Estrategia Estatal de Transformación
Digital, de carácter vinculante para todas las Secretarías, Dependencias y
Organismos Auxiliares de la Administración Pública Estatal, definiendo metas,
cronogramas, prioridades de inversión, políticas de innovación tecnológica y
criterios de evaluación para el seguimiento de los proyectos.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PODERES PUBLICOS. (s/clave)
- MODIFICACION O DEROGACION DE LEYES. (s/clave)
- EJECUTIVO DEL ESTADO. (s/clave)
- LEYES NO PUBLICADAS, APLICACION DE LAS. (s/clave)
- DIARIO OFICIAL. (s/clave)
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