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Modo: Corpus Pro

Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos

Artículo 105

Ordenamiento: Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-09

Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 105. Todo sistema o aplicación desarrollada o adquirida por la

Administración Pública Estatal deberá integrarse de manera obligatoria a la

infraestructura tecnológica común, cumpliendo los criterios de interoperabilidad y

estandarización definidos por la Agencia y evitando duplicidad de soluciones y

recursos.

Fuente oficial: consultar publicación

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