Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos
Artículo 56
Vigencia verificada: 16 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 56. En caso de ser desechada su solicitud, se dejará a salvo el derecho
del Sujeto Obligado para realizar nuevamente la solicitud correspondiente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DEMANDA OSCURA O IMPRECISA. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- DEMANDADO. (s/clave)
- DEMANDA OSCURA O IMPRECISA. (s/clave)
- ACLARACION DE LA DEMANDA. (s/clave)
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