LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA
Artículo 3
Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
VI. Los Órganos constitucional o legalmente autónomos;
VII. Los Partidos Políticos con registro estatal;
VIII. Fideicomisos y fondos públicos, y
IX. Cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza
recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y sus
Municipios.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONCESIONES PARA SERVICIOS PUBLICOS. (s/clave)
- CONCESIONES PARA SERVICIOS PUBLICOS. (s/clave)
- DIPUTADOS. (s/clave)
- ATRIBUCION DE LEGISLAR. (s/clave)
- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (s/clave)
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