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Ley de Turismo Sustentable del Estado de Hidalgo

Artículo 41

Ordenamiento: Ley de Turismo Sustentable del Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-28

Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 41.- Le corresponde a la Secretaría, con el apoyo de las autoridades Estatales, Federales y

Municipales, promover y difundir la riqueza histórica, turística, artesanal y cultural, así como como el

cuidado de los recursos turísticos del Estado de Hidalgo, como parte de la vida y desarrollo de las

comunidades hidalguenses.

Fuente oficial: consultar publicación

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