Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Vivienda del Estado de México

Artículo 13

Ordenamiento: Ley de Vivienda del Estado de México · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 13.- Son atribuciones de la Secretaría:

I. Participar en la elaboración y promoción de la política estatal de vivienda.

II. Someter a la consideración del Ejecutivo del Estado, la aprobación del Programa Estatal de

Vivienda.

III. Promover, evaluar y dar seguimiento a los programas en materia de vivienda.

IV. Promover la participación del sector público, social o privado en la concertación de

acciones en materia de suelo y vivienda.

V. Promover la gestión de recursos para el financiamiento acciones en materia de vivienda.

VI. Verificar en el ámbito de su competencia, que las acciones de suelo y vivienda cumplan con

las disposiciones en materia de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del

desarrollo urbano de los centros de población.

VII. Proponer al Ejecutivo del Estado la celebración de convenios entre los sectores público,

social o privado, en materia de vivienda.

VIII. Las demás que le confiera esta Ley, y demás ordenamientos aplicables en la materia.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 12Índice de la leyArt. 14 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis