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Modo: Corpus Pro

Ley de Vivienda del Estado de México

Artículo 8

Ordenamiento: Ley de Vivienda del Estado de México · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 8.- Las dependencias y entidades del gobierno del Estado y municipios, que ejecuten

programas y acciones de vivienda, darán prioridad a la vivienda social, así como al fomento de

la adquisición, autoconstrucción, mejoramiento y rehabilitación de vivienda, en beneficio de la

población de escasos recursos económicos.

Fuente oficial: consultar publicación

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