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Ley del Mercado de Valores · Titulo IX — De los sistemas de negociación bursátiles y extrabursátiles · Capitulo III — De los sistemas de negociación extrabursátil · Seccion I — De las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores

Artículo 253

Ordenamiento: Ley del Mercado de Valores · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 253.- Para organizarse y operar como sociedad que administra sistemas para facilitar operaciones con valores se requiere autorización de la Comisión, previo acuerdo de su Junta de Gobierno. Dicha autorización, se otorgará a las sociedades anónimas organizadas de conformidad con las disposiciones especiales que se contienen en el presente ordenamiento legal y, en lo no previsto por éste, en lo dispuesto en la Ley General de Sociedades Mercantiles. Por su naturaleza, estas autorizaciones serán intransmisibles.

Fuente oficial: consultar publicación

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