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Ley del Sector Hidrocarburos · Titulo Cuarto — de esta Ley y a sus disposiciones reglamentarias deben ser sancionadas por la Secretaría de Energía tomando en cuenta la gravedad de la falta, de acuerdo con lo siguiente: · Capitulo II — De la Transparencia y el Combate a la Corrupción

Artículo 125

Ordenamiento: Ley del Sector Hidrocarburos · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 125.- La información a que se refiere el presente Título debe publicarse de tal forma que facilite su uso y comprensión, aprovechando los medios electrónicos y tecnologías de la información.

Fuente oficial: consultar publicación

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