Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.

Artículo 106

Ordenamiento: Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes. · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 106. - El Sistema Estatal de Estadíst ica Criminológica es un instrumento

metodológico a cargo del Secretariado Ejecutivo, que tendrá como finalidad orientar

los procesos de planeación, organización, ejecución, control y evaluación de los

objetivos, metas, estrategias y acciones político-criminales en el Estado.

(REFORMADO, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)

Las Instituciones Policiales del Estado y de los municipios, la Fiscalía, el Supremo

Tribunal de Justicia y las autoridades que conforman el Sistema Penitenciario

Estatal, deberán suministrar la inf ormación que generen a efecto de integrar y

organizar el Sistema Estatal de Estadística Criminológica. También se conformará

con la información proporcionada por otras dependencias y organismos públicos

que se estime necesaria para la elaboración del diagn óstico criminológico en el

Estado y para la elaboración de estrategias en materia de prevención del delito y

conductas antisociales.

Podrá recabar información de otras entidades federativas, del Distrito Federal y de

la Federación, conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de

Seguridad Pública.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 105Índice de la leyArt. 107 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis