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Modo: Corpus Pro

Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.

Artículo 47

Ordenamiento: Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes. · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 7 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 47. - Las controversias que se suscitaren con motivo de las relaciones y

condiciones entre el Estado o los Municipios y sus elementos, serán resueltas por

las Comisiones de Honor y Justicia de acuerdo a las disposiciones de esta Ley, de

la reglamentaria del Artículo 21 Constitucional y las leyes y reglamentos vigentes y

aplicables.

CAPÍTULO II

De los Sistemas Complementarios de Seguridad Social y Reconocimientos

Fuente oficial: consultar publicación

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