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Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.

Artículo 58 D

Ordenamiento: Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes. · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 7 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 58 D. - La evaluación de riesgos es el análisis de las circunstancias

personales, socioeconómicas y las demás que la ley determine, a petición de las

partes a efecto de imponer la medida cautelar idónea al imputado.

La Unidad Estatal de Medidas Cautelares y Salidas Alternas, a través del área de

evaluación, realizará la evaluación de riesgos procesales conforme al Reglamento

de esta Ley.

(ADICIONADO, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)

Fuente oficial: consultar publicación

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