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Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.

Artículo 58 E

Ordenamiento: Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes. · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 58 E. - Cuando la autoridad jurisdiccional imponga la medida cautelar

consistente en la presentación periódica ante el Juez o ante autoridad distinta que

aquél designe, el Juez de Control dará aviso inmediato a la Unidad Estatal de

Medidas Cautel ares y Salidas Alternas, a efecto de estar en posibilidades de

ejecutarla.

Al dictarse la medida cautelar de presentación periódica, el sometido acudirá ante

la Unidad Estatal de Medidas Cautelares y Salidas Alternas, con la periodicidad que

el Juzgador haya determinado, a efecto de informar sobre sus actividades.

La Unidad Estatal de Medidas Cautelares y Salidas Alternas, requerirá al imputado

plasmar su firma en el libro de gobierno designado para ello o el depósito de huella

de forma electrónica; lo anterior para acreditar el cumplimiento a esta obligación.

En caso de incumplimiento a esta imposición, la Unidad Estatal de Medidas

Cautelares y Salidas Alternas informará oportunamente a la autoridad jurisdiccional

y a las partes el estatus de cumplimiento.

La presentación a que se refiere este Artículo se hará sin perjuicio de que el

imputado pueda ser requerido en cualquier momento por el juzgador.

(ADICIONADO, P.O. 23 DE MAYO DE 2016)

Fuente oficial: consultar publicación

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