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Modo: Corpus Pro

Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.

Artículo 78

Ordenamiento: Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes. · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 7 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 78.- Se considera escala de rangos policiales a la relación que contiene a

todos los integrantes de las Instituciones Policiales y los ordena en forma

descendente de acuerdo a su categoría, jerarquía, división, servicio, antigüedad y

demás elementos pertinentes.

Fuente oficial: consultar publicación

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