Ley Estatal de Protección Civil de Morelos
Artículo 183
Vigencia verificada: 21 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 183. La Red Estatal de Brigadistas Comunitarios es una estructura
organizada y formada por voluntarios con el fin de capacitarse y trabajar
coordinadamente con las autoridades de Protección Civil para enfrentar en su
entorno riesgos causados por los diversos agentes perturbadores.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSEJO DE VIGILANCIA. (s/clave)
- TRIBUNALES FEDERALES. (s/clave)
- ARBITROS. (s/clave)
- INSTITUCIONES DE CARACTER PUBLICO. (s/clave)
- PROTECCION FEDERAL. (s/clave)
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