Ley Federal de Competencia Económica · Libro PRIMERO — DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO · Titulo II — DE LA COMISIÓN NACIONAL ANTIMONOPOLIO · Capitulo I — De la Comisión · Seccion I — De su Naturaleza, Objeto y Domicilio
Artículo 11
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 11. El domicilio de la Comisión será la Ciudad de México y, sujeta a la disponibilidad presupuestaria, podrá establecer oficinas de representación fuera de la Ciudad de México.
Artículo reformado DOF 16-07-2025
Sección II
De las Atribuciones de la Comisión
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (353)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (249)
- EJIDOS. (s/clave)
- RESPONSABILIDADES OFICIALES. (s/clave)
- COMISION NACIONAL AGRARIA. (s/clave)
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