Ley Federal de Derechos · Titulo PRIMERO — De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo VIII — De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes · Seccion Novena — Otros Servicios
Artículo 172-J
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 172-J.- Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización, aprobación o modificación de los servicios ferroviarios, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
Párrafo reformado DOF 14-11-2022
I.- Manuales de sistemas de control de tránsito $13,218.78
II.- Horarios ferroviarios $11,360.14
Fracción adicionada DOF 14-11-2022
III.- Reglamento interno de transporte $10,584.07
Fracción adicionada DOF 14-11-2022
Artículo adicionado DOF 29-12-1997
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PUENTES INTERNACIONALES, TARIFAS EN LOS. (s/clave)
- VIAS GENERALES DE COMUNICACION. TARIFAS. ENRIQUECIMIENTO ILEGITIMO. (s/clave)
- TARIFAS. (s/clave)
- TRANSPORTES, TARIFAS DE, EN LOS FERROCARRILES. (s/clave)
- TRANSPORTE, REDUCCION DE CUOTAS POR SERVICIO DE, EN FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL. (s/clave)
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