Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación · Titulo Cuarto — de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. · Capitulo recorrido — y denominación reformada DOF 20-03-2014 · Seccion Primera — Disposiciones Generales.
Artículo 46
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 46.- El Consejo, dentro del ámbito de su competencia, iniciará sus actuaciones a petición de parte; también podrá actuar de oficio en aquellos casos en que la Presidencia así lo determine.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACTOS LEGISLATIVOS. (s/clave)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (249)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (353)
- CONSTITUCION. (s/clave)
- PODER LEGISLATIVO. (1069)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis