Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación · Titulo Cuarto — de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. · Capitulo recorrido — y denominación reformada DOF 20-03-2014 · Seccion adicionada — DOF 20-03-2014
Artículo 63 Quáter
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 63 Quáter.- Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación de la queja, o al de su aclaración, se resolverá respecto a su admisión.
Artículo adicionado DOF 20-03-2014
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- QUEJA. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
- AMPAROS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- AMPARO ADMINISTRATIVO. (s/clave)
- QUEJA, PROMOVIDA POR CORREO. (s/clave)
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