Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación · Titulo Cuarto — de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. · Capitulo recorrido — y denominación reformada DOF 20-03-2014 · Seccion recorrida — (antes Sección Quinta) DOF 20-03-2014
Artículo 77 Ter
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 77 Ter.- La resolución por disposición contendrá una síntesis de los puntos controvertidos, las motivaciones y los fundamentos de derecho interno e internacional que correspondan y los resolutivos en los que con toda claridad se precisará su alcance y las medidas administrativas y de reparación que procedan conforme a esta Ley. En la construcción de los argumentos que la funden y motiven se atenderá a los criterios y principios de interpretación dispuestos en esta Ley.
Artículo adicionado DOF 20-03-2014
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MINISTERIO PUBLICO FEDERAL. (s/clave)
- RESOLUCION PRONUNCIADA POR UNA SALA DE LA SUPREMA CORTE EN UN AMPARO EN REVISION QUE ERA DE SU COMPETENCIA. NO PUEDE MODIFICARSE POR EL PLENO DE ESTE ORGANO JURISDICCIONAL. (XVI/89)
- AGRARIOS. (s/clave)
- REVISIÓN, MATERIA DE LA.- (2568)
- AUTORIDADES RESPONSABLES, DEBEN FUNDAR SUS RESOLUCIONES. (s/clave)
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