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Modo: Corpus Pro

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Artículo 228 g

Ordenamiento: Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-03-26

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 228 g.- Cuando la sociedad emisora esté autorizada para practicar también operaciones financieras en los términos de la Ley respectiva podrán garantizar a los tenedores de los certificados que emita un mínimo de rendimiento; esta garantía será otorgada sin obligar al departamento fiduciario de la institución.

Artículo adicionado DOF 31-12-1946

Fuente oficial: consultar publicación

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