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Modo: Corpus Pro

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Artículo 228 m

Ordenamiento: Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-03-26

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 228 m.- La emisión se hará previa declaración unilateral de voluntad de la sociedad emisora expresada en escritura pública, en la que se harán constar:

I.- La denominación, el objeto y el domicilio de la sociedad emisora;

II.- Una relación del acto constitutivo del fideicomiso, bases de la emisión;

III.- Una descripción suficiente de los derechos o cosas materia de la emisión;

IV.- El dictamen pericial a que se refiere el artículo 228 h;

V.- El importe de la emisión, con especificación del número y valor de los certificados que se emitirán, y de las series y subseries, si las hubiere;

VI.- La naturaleza de los títulos y los derechos que ellos conferirán.

VII.- La denominación de los títulos;

VIII.- En su caso, el mínimo de rendimiento garantizado;

IX.- El término señalado por el pago de productos o rendimientos, y si los certificados fueren amortizables, los plazos, condiciones y forma de la amortización;

X.- Los datos de registro que sean procedentes para la identificación de los bienes materia de la emisión y de los antecedentes de la misma;

XI.- La designación de representante común de los tenedores de certificados y la aceptación de éste, con su declaración:

a).- De haber verificado la constitución del fideicomiso, base de la emisión;

b).- De haber comprobado la existencia de los bienes fideicometidos y la autenticidad del peritaje practicado sobre los mismos de acuerdo con el artículo 228 h.

En caso de que los certificados se ofrezcan en venta al público, los avisos o la propaganda, contendrán los datos anteriores. Por violación de lo dispuesto en este párrafo quedarán solidariamente sujetos a daños y perjuicios aquellos a quienes la violación sea imputable.

Artículo adicionado DOF 31-12-1946

Fuente oficial: consultar publicación

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