Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo 228 n
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 228 n.- El certificado de participación deberá contener:
I.- Nombre, nacionalidad y domicilio del titular del certificado.
Fracción adicionada DOF 30-12-1982
II.- La mención de ser “certificados de participación” y la expresión de si es ordinario o inmobiliario;
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
III.- La designación de la sociedad emisora y la firma autógrafa del funcionario de la misma, autorizado para suscribir la emisión correspondiente;
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
IV.- La fecha de expedición del título;
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
V.- El importe de la emisión, con especificación de número y del valor nominal de los certificados que se emitan;
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
VI.- En su caso, el mínimo de rendimiento garantizado;
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
VII.- El término señalado para el pago de productos o rendimientos y del capital y los plazos, condiciones y forma en que los certificados han de ser amortizados;
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
VIII.- El lugar y modo de pago;
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
IX.- La especificación, en su caso, de las garantías especiales que se constituyan para la emisión, con expresión de las inscripciones relativas en el Registro Público;
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
X.- El lugar y la fecha del acta de emisión, con especificación de la fecha y número de la inscripción relativa en el Registro de Comercio;
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
XI.- La firma autógrafa del representante común de los tenedores de certificados.
Fracción recorrida DOF 30-12-1982
Artículo adicionado DOF 31-12-1946
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CERTIFICADOS DE DEPOSITO DE ACCIONES. (s/clave)
- CRÉDITO REFACCIONARIO O DE HABILITACIÓN O AVÍO CELEBRADO POR INSTITUCIONES CREDITICIAS. PARA INTEGRAR TÍTULO EJECUTIVO JUNTO CON EL ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO, DEBE SATISFACER LO (1a./J. 23/2017 (10a.))
- CERTIFICADOS BURSÁTILES. LA LISTA DE TITULARES DE ÉSTOS, CUANDO SE ENCUENTREN DEPOSITADOS, CONSTITUYE EL INSTRUMENTO LEGAL PARA ACREDITAR LA LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA EN EL JUICIO E (I.11o.C.83 C (10a.))
- REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO, INSCRIPCIONES EN EL. (s/clave)
- REGISTRO PUBLICO, LAS INSCRIPCIONES DE ESCRITURAS DE COMPRAVENTA EN EL, NO CONSTITUYEN TITULOS DE PROPIEDAD. (s/clave)
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