Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo 257
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 257.- La adopción de las medidas prescritas por la ley del lugar en que un título haya sido extraviado o robado, no dispensan al interesado de tomar las medidas prescritas por la presente ley, si el título debe ser pagado en el territorio de la República.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- POSESION, TITULO DE LA. (s/clave)
- POSESION. (s/clave)
- PAGARÉ SUSCRITO EN EL EXTRANJERO. EXISTE RECONOCIMIENTO LEGAL PARA SU COBRO EN EL PAÍS.- (1206)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis