Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito · Titulo II — de esta ley, lo certificarán así, en el documento, el corredor o los comerciantes que intervengan en la venta, y llenado ese requisito, el acreedor endosará en propiedad el título, pudiendo insertar la cláusula “sin responsabilidad.” · Capitulo II — De la letra de cambio · Seccion Primera — De la Creación, Forma y Endoso de la Letra de Cambio
Artículo 88
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 88.- La letra de cambio expedida al portador no producirá efectos de letra de cambio, estándose a la regla del artículo 14. Si se emitiere alternativamente al portador o a favor de persona determinada, la expresión “al portador” se tendrá por no puesta.
Fe de erratas al artículo DOF 08-09-1932
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LETRAS DE CAMBIO, OMISION DE REQUISITOS EN LAS. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, GIRADAS A CARGO PROPIO EN LA MISMA PLAZA. (s/clave)
- ACCION CAMBIARIA, NO CADUCA CONTRA EL GIRADOR QUE ES A LA VEZ ACEPTANTE. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO GIRADAS A CARGO DEL MISMO GIRADOR. (s/clave)
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