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Modo: Corpus Pro

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Artículo Transitorio DÉCIMO OCTAVO

Ordenamiento: Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-03-26

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- Las instituciones que a la entrada en vigor de este Decreto, se ubiquen en alguno de los supuestos previstos en las fracciones III y IV del artículo 45-P, deberán de ajustarse a lo dispuesto en el

Capítulo IV de esta Ley, en un plazo que no podrá exceder de doce meses contados a partir de dicha fecha.

Fuente oficial: consultar publicación

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