Ley Nacional de Extinción de Dominio · Titulo SEGUNDO — DEL PROCESO ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL · Capitulo CUARTO — De las Pruebas · Seccion DÉCIMA — Desahogo y Valoración de los Medios de Prueba
Artículo 149
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 149. Las pruebas serán apreciadas en conjunto, de manera libre y de acuerdo con las reglas de la sana crítica y las reglas de la lógica.
CAPÍTULO QUINTO
Alegatos
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRUEBAS. (s/clave)
- PRUEBAS. (s/clave)
- SENTENCIAS. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS, VALORACION DE LAS. (s/clave)
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