Ley Nacional de Extinción de Dominio · Titulo SEGUNDO — DEL PROCESO ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL · Capitulo TERCERO — Litigio · Seccion SEGUNDA — Formalidades Generales del Proceso
Artículo 40
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 40. Toda sentencia tiene a su favor la presunción de haberse pronunciado según la forma prescrita por el derecho, con conocimiento de causa y por Juez legítimo con jurisdicción para darla.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SENTENCIAS, PRESUNCION DE LEGALIDAD DE LAS. (s/clave)
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- SENTENCIAS, PRESUNCION DE LEGALIDAD DE LAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO). (s/clave)
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