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Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo

Artículo 53 BIS

Ordenamiento: Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-10-06

Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 53 BIS.- Los Organismos Auxiliares son los entes jurídicos con personalidad jurídica, autonomía

administrativa, técnica, de gestión, operativa y de ejecución, con o sin patrimonio propio, creados mediante

decreto administrativo emitido por la Persona Titular del Poder Ejecutivo.

Artículo adicionado. P.O. Alcance tres del 17 de diciembre de 2025.

Fuente oficial: consultar publicación

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