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LEY ORGANICA DE LA FISCALIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE NUEVO LEON

Artículo 70

Ordenamiento: LEY ORGANICA DE LA FISCALIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE NUEVO LEON · Ámbito: Nuevo León
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 70. Los servidores públicos de la Fiscalía General, de la Fiscalía

Especializada en Combate a la Corrupción y de la Fiscalía Especializada en Delitos

Electorales, tendrán los siguientes derechos:

I. Participar en los cursos de capacitación, actualización y especialización

correspondientes, así como en aquellos que se acuerden con otras instituciones

académicas, nacionales y del extranjero, que tengan re lación con sus funciones, sin

perder sus derechos y antigüedad, sujeto a las disposiciones presupuestales y a las

necesidades del servicio;

II. Sugerir las medidas que estimen pertinentes para el mejoramiento del servicio de

carrera;

III. Percibir prestaciones acordes con las características del servicio, de conformidad con

el presupuesto de la Fiscalía General, de la Fiscalía Especializada en Combate a la

Corrupción o de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, según corresponda, y

demás normas aplicables;

IV. Gozar anualmente de los períodos de vacaciones legalmente previstos, de acuerdo a

las necesidades de la prestación del servicio de la Institución;

V. Contar con permisos y licencias sin goce de sueldo en los términos de las disposiciones

normativas aplicables;

VI. Disfrutar de los beneficios que establezcan las disposiciones normativas aplicables,

una vez terminado de manera ordinaria, el servicio de carrera;

VII. Participar en los concursos de ascenso de conformidad con la convocatoria

respectiva;

VIII. Tener un trato digno y decoroso por parte de sus superiores jerárquicos;

IX. Recibir el equipo de trabajo sin costo alguno;

X. Ser asesorado en los casos que deba comparecer ante un órgano público por motivo

del ejercicio de sus funciones; y

XI. Las demás que se determinen en esta Ley, el Reglamento Interno de la Fiscalía

General y otras disposiciones normativas aplicables.

Fuente oficial: consultar publicación

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