Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes
Artículo 70
Vigencia verificada: 20 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 70. La Oficialía Mayor tendrá a su cargo tanto la administración,
supervisión y evaluación como el control y el manejo de los recursos materiales,
humanos y financieros de la Fiscalía General, en términos de lo previsto en el
reglamento de esta Ley y las demás disposiciones aplicables.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RESPONSABILIDAD OFICIAL. (s/clave)
- RESPONSABILIDADES OFICIALES. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD OFICIAL. (s/clave)
- AUTORIDADES. FACULTADES PARA CREARLAS. DIRECCION GENERAL DE POLITICA DE INGRESOS. (s/clave)
- CONTRALOR GENERAL DE LA NACION. (s/clave)
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