Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Artículo 34

Ordenamiento: Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2024-01-25

Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 34. A la Fiscalía Anticorrupción y a todo su personal les son aplicables en

lo conducente y siempre que no se opongan a la función especializada que tiene,

las disposiciones previstas en los artículos 55 y 56 de esta Ley, considerando lo

dispuesto por el artíc ulo anterior y su previsión constitucional como integrante del

Sistema Estatal Anticorrupción en términos del artículo 134 de la Constitución

Política del Estado, y sin perjuicio de otras disposiciones jurídicas de este y otros

ordenamientos que deba observar.

El personal de la Fiscalía Anticorrupción, en coordinación con el Sistema Estatal

Anticorrupción, deberá capacitarse en la materia, así como desempeñar sus

funciones, empleos, cargos y comisiones en el marco de los principios de legalidad,

honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia y secrecía.

Para ingresar al servicio de esta unidad especializada, los aspirantes deberán

asumir el compromiso de sujetarse a vigilancia no intrusiva, por la autoridad

competente, en cualquier tiempo de su servicio y dentro de los cinco años

posteriores a la terminac ión del mismo, así como rendir y mantener actualizada la

información en materia de corrupción.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 33Índice de la leyArt. 34 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

Artículo 34. A la Fiscalía Anticorrupción y a todo su personal les son aplicables en

lo conducente y siempre que no se opongan a la función especializada que tiene,

las disposiciones previstas en los artículos 55 y 56 d e esta Ley, considerando lo

dispuesto por el artículo anterior y su previsión constitucional como integrante del

Sistema Estatal Anticorrupción en términos del artículo 134 de la Constitución

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis