Ley Orgánica del Instituto de Defensoría Pública del Estado de Hidalgo.
Artículo 3
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 3. El Instituto de Defensoría Pública es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobierno
del Poder Ejecutivo del Estado, dotado de autonomía técnica y jurídica.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MINISTERIO PUBLICO, INSTITUCION INDIVISIBLE Y UNICA. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO (s/clave)
- DEPARTAMENTOS JURIDICOS DE LAS SECRETARIAS DE ESTADO. NO SON AUTORIDADES. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- PODERES PUBLICOS. (s/clave)
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