Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo
Artículo 38
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 38. El Reglamento establecerá los procedimientos conforme a los cuales se llevarán a
cabo los exámenes que comprenden los procesos de evaluación.
Los exámenes se evaluarán en conjunto, salvo el examen toxicológico que se presentará y
calificará por separado.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRUEBA, EXAMEN DE LA. (s/clave)
- PRUEBAS. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL PROCESO. (s/clave)
- PRUEBAS. VALORACION DE. (X.1o.43 C)
- JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS. (s/clave)
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