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Modo: Corpus Pro

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Artículo 186

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 186.

En los casos anteriores, se podrá presentar la denuncia en cualquier momento, lo que dará lugar al análisis de su admisión y, en su caso, se suspenderá el inicio del procedimiento hasta que el proceso jurisdiccional esté concluido en forma definitiva.

Fuente oficial: consultar publicación

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